#NiUnaMenos: la UBA se pronuncia
VlSTO la convocatoria a la movilización del 3 de junio de
2016 bajo la consigna #NiUnaMenos; la Resolución (CS) Nro 38741/2015 mediante
la cual se adhiere a la misma movilización el año pasado; la Ley Nro 26.485 de Protección
integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres
en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales y la Resolución
(CS) Nro 40431/2015 por la que se aprueba el Protocolo de acción institucional
para la prevención e intervención ante situaciones de violencia o discriminación
de genero u orientación sexual,
y CONSIDERANDO Que la
movilización #NiUnaMenos fue impulsada por la gran cantidad de femicidios
registrados en los últimos años en la Argentina (286 para 2015 y 66 en 2016).
Que pese a ello aun no hay estadísticas oficiales en el país.
Que en la mayoría de los casos las mujeres mueren asesinadas
por miembros de su entorno familiar después de haber denunciado la violencia.
Que la Ley No 26.485, adoptada en 2009 y reglamentada en
2010, aun no está implementada integralmente.
Que el artículo 9" de dicha ley establece que el
Consejo Nacional de las Mujeres debe elaborar, implementar y monitorear un Plan
Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la
Violencia contra las Mujeres.
Que deben mantenerse y reforzarse los programas de protección
de las mujeres, especialmente los que atienden las cuestiones derivadas de la
violencia.
Que a un año de la primera movilización del #NiUnaMenos, sus
reclamos siguen vigentes.
Lo aconsejado por la Comisión de interpretación y
Reglamento.
Por ello, y en uso de sus atribuciones EL RECTOR DE LA
UNlVERSlDAD DE BUENOS AlRES "Ad referéndum" del Consejo Superior
RESUELVE:
ARTICULO 1ro.-
Adherir a la campaña y movilización #NiUnaMenos que inicia el 3 de junio de
2016.
ARTICULO 2do.- Solicitar al Poder Ejecutivo la implementación
integral de la Ley No 26.485 así como la adopción de otras medidas necesarias.
ARTICULO 3ro.- Reafirmar la necesidad de continuar con las
medidas de implementación del Protocolo de acción institucional para la prevención
e intervención ante situaciones de violencia o discriminación de género u orientación
sexual.
ARTICULO 4to.- Regístrese,
comuníquese al Poder Ejecutivo, a todas las Unidades Académicas, al Ciclo Básico
Común, a los Establecimientos de Enseñanza Secundaria, a los lnstitutos
Hospitalarios y Hospitales de esta Universidad, a todas las Secretarias de
Rectorado y Consejo Superior y a todas sus dependencias y dése amplia difusión,
publíquese en la pagina electrónica y en todas las redes sociales de esta
Universidad.
Alberto Edgardo Barbieri
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